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Ley de lucha contra la morosidad
Por Construarea.com - 11/03/2011
Ferrovial ha asegurado a REED BUSINESS INFORMATION, empresa editora del BEC, que no tiene notificación de haber recibido una demanda “por parte de ninguna asociación o proveedor” después del anuncio de la Asociación Nacional de Empresarios Fabricantes de Áridos (Anefa) de haber presentado una demanda judicial contra esta empresa ante los Juzgados de lo Mercantil de Madrid por incumplir la Ley de lucha contra la morosidad en los plazos comerciales.
En concreto, la supuesta demanda judicial presentada por Anefa ha sido por incumplimiento de la Ley 15/2010, de 5 de julio de modificación de la Ley 2/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
Anefa también ha indicado que la Federación de Aridos y otras asociaciones del sector “tienen la intención de personarse en la demanda ya presentada como coadyuvantes”.
Ferrovial Agroman, por su parte, afirma que “abona en todos los casos las facturas de sus proveedores dentro de los plazos previstos por la ley española y europea sobre morosidad”.
Así mismo, añade que “el modelo de subcontrato de Ferrovial Agroman desarrollado tras la publicación de la ley de morosidad, prevé una doble alternativa de pago a elección del proveedor que expresamente permite que todos sus proveedores cobren sus facturas dentro del plazo legal, ya sea mediante confirming, ya sea mediante transferencia bancaria”.
Anefa, muy sensibilizada con el incumplimiento de los plazos legales de pago, asegura que “un número significativo de empresas de la construcción están cumpliendo la ley, mientras que otras vienen vulnerándola abiertamente en grave perjuicio de los proveedores, sus trabajadores y su misma viabilidad empresarial” y, “además de esta demanda presentada el pasado 1 de marzo”, no descarta “emprender futuras acciones legales contra otras empresas constructoras”.
Según la asociación, “los modelos de negocio basados en la vulneración sistemática de los plazos legales de pago, deben reconvertirse o extinguirse, pues el tejido empresarial del país, compuesto mayoritariamente por pymes, no puede sobrevivir con excesivos periodos de pago abusivos, frecuentemente muy superiores a los 240 días, cuando en la UE los plazos de pago son considerablemente inferiores, lo que, además, supone un lastre tanto para la competitividad de las empresas como para el crecimiento sostenible de la economía del país”.
Palabras clave: anefa , ferrovial agroman , ley de la morosidad
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