Reglamentación sobre energía solar en grandes centros consumidores

Las exigencias para nuevos edificios en materia de eficiencia energética serán aplicables a partir de enero de 2006, de acuerdo con lo fijado por la directiva de Eficiencia Energética de Edificios de la UE. Así lo ha confirmado el Instituto para la Diversificación y el Ahorro de Energía (Idae).

La directiva aprobada en 2002 tenía como objetivos reducir el consumo energético , aumentar el rendimiento de los sistemas utilizados y fomentar las energías solar térmica y fotovoltaica.

Al hilo de esta directiva, quedará aprobada antes de fin de año una nueva reglamentación con tres líneas de actuación:

- El Código Técnico de Edificación, además de limitar la demanda energética y mejorar los rendimientos de los sistemas, planteará la incorporación de energía solar térmica , para el calentamiento de agua caliente sanitaria, y de solar fotovoltaica en grandes centros consumidores. Así, será obligatorio incorporar paneles solares fotovoltaicos en hoteles y hospitales de más de 100 plazas o camas, centros multitienda de más de 3.000 m2 construidos, oficinas de más de 4.000 m2 e hipermercados de más de 5 .000 m2.

- El nuevo Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios, que establece unos requisitos mínimos a cumplir y un plan de previsiones para calderas y aire acondicionado .

- La Certificación Energética de Edificios prevé la clasificación de los edificios de acuerdo con su eficiencia energética estableciendo un mínimo admisible y dando al comprador un criterio para comparar viviendas desde el punto de vista de consumo energético.

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