Creada por el Colegio de Aparejadores de Madrid

La Sociedad Técnica de Tramitación gestiona la tramitación de licencias urbanísticas en Madrid

Desde el mes de abril está operando la nueva entidad colaboradora en la gestión de licencias urbanísticas con el Ayuntamiento de Madrid, Sociedad Técnica de Tramitación, creada por el Colegio de Aparejadores de Madrid teniendo como único objetivo “mejorar la eficiencia de la gestión de las licencias municipales y abaratar su coste para el ciudadano”.

La nueva empresa, Sociedad Técnica de Tramitación (STT), creada por el Colegio de Aparejadores, Arquitectos Técnicos e Ingenieros de Edificación de Madrid, ha sido autorizada por el Ayuntamiento de Madrid para operar como Entidad Colaboradora en la Gestión de Licencias Urbanísticas (ECLU).

Las ECLU están debidamente acreditadas por Entidad Nacional de Acreditación (ENAC), y autorizadas por el Ayuntamiento de Madrid, para ejercer, como organismo imparcial, las funciones de verificación y control que se determinan en la Ordenanza por la que se establece el Régimen de Gestión y Control de las licencias urbanísticas de actividades en el municipio de Madrid, aprobada el día 29 de junio de 2009.

Desde la nueva Sociedad Técnica de Tramitación (STT) se verificará la idoneidad técnica de aquellas actividades que soliciten algún tipo de licencia, conforme a lo indicado en los distintos tipos de procedimientos de concesión establecidos en la citada Ordenanza. Para comenzar a operar la Sociedad Técnica de Tramitación ha tenido que superar un período de formación de todos sus técnicos, cumplir determinados requisitos que han sido auditados tanto a nivel técnico como informático, así como tener contratado un seguro de responsabilidad civil para cubrir su posible responsabilidad en todas las licencias que tramite.

El funcionamiento de la Sociedad Técnica de Tramitación (STT) estará controlado y garantizado por la Agencia para la Gestión de Licencias de Actividades que es la encargada de la gestión, inspección y disciplina de las licencias de actividades.

En una primera fase se podrán tramitar las comunicaciones previas y la implantación o modificación de actividades, sin obras o con obras, debiendo ser informadas obligatoriamente en un plazo de quince días o mes y medio, dependiendo del tipo de procedimiento.

A partir de abril de 2011, según se indica en la normativa del Ayuntamiento de Madrid, se empezará a tramitar las solicitudes para las licencias urbanísticas de actividad por el procedimiento ordinario común y abreviado, es decir, las de mayor envergadura y complejidad técnica.

El nuevo sistema de presentación de licencias no va a encarecer los precios, ya que la tasa del Ayuntamiento desaparece. Las nuevas tarifas de la STT serán un 15% más baratas que las tarifas marcadas por el Ayuntamiento. El plazo de aceptación se reduce enormemente ya que pasa de 3 meses a 15 días. Esta medida redundará en un mejor servicio al ciudadano que contará con el asesoramiento previo necesario para poder gestionar la tramitación de determinadas licencias de un modo rápido y sencillo.

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